Es hora de reclamar los Gastos de tú Hipoteca

Recupera entre 1.000 y 2.000 euros por cada hipoteca.

En YoReclamo estamos especializados en la defensa de consumidores y usuarios. Reclamar los abusos cometidos por los bancos y empresas es nuestro deber.

Consulta Gratuita

Consulta y análisis del caso gratuito.

Análisis Profundo

Analizamos tu hipoteca de manera individualizada y en profundidad.

Abogados Expertos

Contamos con los mejores Abogados en Materia de Consumo.

Comunicación

Nos mantenemos en constante comunicación con los clientes.

SOLO COBRAMOS CUANDO TÚ GANES

¿CÓMO FUNCIONAMOS?

NUESTRA FILOSOFÍA

En Yo Reclamo nos enorgullecemos de ofrecer un servicio excepcional y personalizado a nuestros clientes. Desde el primer momento, trabajaremos contigo para entender tus necesidades y ofrecerte el mejor servicio para tu hipoteca.

Sabemos que el proceso legal puede ser intimidante, pero con nosotros estarás en buenas manos. Nos encargamos de todo el proceso, desde la revisión de tu caso, reclamación previa y hasta la representación en los tribunales, siempre con el objetivo de proteger tus derechos.

Nuestro compromiso con nuestros clientes es absoluto. Nos aseguramos de que siempre estés informado de cada paso en el proceso legal y estaremos disponibles para responder a todas tus preguntas.

PREGUNTAS FREGUENTES

¿Qué hipotecas se pueden reclamar?

Hipotecas destinadas a adquirir una vivienda y que se hayan contratado entre 1984 y 2019.

He terminado de pagar y la hipoteca esta cancelada. ¿Puedo reclamar?

Sí. Da igual que este pagada o no, puedes reclamar los gastos igual.

¿Estoy a tiempo para reclamar?

Sí. La última sentencia de abril de 2024 del TJUE permite a los consumidores reclamar y solicitar la devolución de las cantidades.

¿Tengo que reclamar junto con mi esposo/a?

No es necesario. Puede reclamar solo uno de los firmantes.

¿Qué gastos se reclaman?

Se reclaman la mitad del importe de la notaria y la totalidad del registro, gestoría y tasación. Todo ello, con los intereses legales desde su pago.

¿Cuanto dinero puedo recuperar?

La media oscila entre los 1.000 y 2.000 euros. Cuanto mayor es la cuantía del préstamo mayores son los gastos. Y cuanto mas antigua sea, los intereses legales son mayores.

Todavía tienes más preguntas?

Te resolvemos todas tus dudas sin compromiso. Contáctanos de manera gratuita.
PIDE TU CITA GRATIS

el tiempo se acaba

Las reclamaciones tienen un tiempo límite. No dejes pasar la oportunidad para recuperar tu dinero. Los bancos, financieras y otras empresas estarán encantados de que no reclames. No dejes que ganen los de siempre.

Recupera los Gastos Hipotecarios Pagados Indebidamente

¿Te obligaron a pagar los gastos de tu hipoteca?

¡Es hora de que recuperes tu dinero! El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que las cláusulas en los contratos hipotecarios que te obligan a pagar todos los gastos son nulas y abusivas. Esto significa que tienes derecho a reclamar y recuperar el dinero que pagaste de más.

¿Qué gastos puedes reclamar?
  • Gastos de notaría
  • Registro de la propiedad
  • Gestoría
  • Tasación
¿Por qué reclamar con nosotros?
  • Análisis Gratuito: Evaluamos tu contrato hipotecario sin ningún costo para identificar cláusulas abusivas.
  • Expertos en Reclamaciones: Contamos con un equipo de abogados especializados en derecho hipotecario y de consumo.
  • Proceso Sencillo: Nos encargamos de todo el proceso legal para que tú no tengas que preocuparte.
  • Sin Costes Adelantados: Solo cobramos si ganamos tu caso.

    Somos transparentes ¿Cuánto cobramos?

    Cobramos el 15% de lo recuperado y las costas judiciales que sean impuestas a la entidad bancaria, y solamente cuando tengas el dinero en tu cuenta bancaria.

    Hasta que no ganamos no cobramos.

    ¿Cómo es el proceso?

    Contacto

    Contacto con YoReclamo.es

    En primer lugar, nos ponemos en contacto contigo, ya sea mediante llamada telefónica o correo electrónico, para obtener toda la información necesaria y relevante, y poder reclamar de manera existosa.

    Documentación

    Documentación y hoja de encargo

    Nos harás llegar los documentos que el abogado te haya solicitado, y suscribirás la hoja de encargo. Estudiaremos la viabilidad en profundidad, y procederemos con el siguiente paso.

    Reclamación previa

    Reclamación extrajudicial

    Enviaremos una reclamación extrajudicial, personalizada a cada caso particular, en concordancia con el estudio previo realizado. El objetivo de esta reclamación es evitar la vía judicial, y darle la oportunidad al banco para que satisfaga nuestra reclamación.

    Demanda

    Demanda judicial

    Solo en el caso de que la entidad no acceda a nuestra petición extrajudicialmente, y que la reclamación sea viable judicialmente, acudiremos a esta vía. Presentaremos la demanda en el juzgado correspondiente.

    Sentencia

    Sentencia

    Dependiendo del tipo de procedimiento a seguir y del juzgado que este conociendo del asunto, tardará más o menos. Las estimaciones actuales son entre uno y dos años desde la presentación de la demanda.

    Ejecución

    Ejecución de sentencia

    Las sentencias favorables hay que ejecutarlas cuando el banco decide no cumplirlas por su propia voluntad. En ese caso, pedimos al juzgado que fuerce al banco a que te devuelva lo que te corresponda.

    Recupera tú dinero.

    ¿Sabias que puedes reclamar prestamos que ya has pagado? Deja que revisemos tu contrato, sin ningún tipo de compromiso, y te indicaremos si se puede o no reclamar.

    ¡NOVEDAD!

    ÚLTIMA SENTENCIA DEL TJUE

    Resumen de la Sentencia:

    Fecha: 25 de abril de 2024
    Asunto: C-561/21

    Contexto:
    El Tribunal Supremo de España solicitó una decisión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la interpretación de los artículos 6(1) y 7(1) de la Directiva 93/13/CEE, relativa a las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.

    Litigio Principal:
    Los consumidores GP y BG demandaron al Banco Santander, S.A., solicitando la nulidad de una cláusula en su contrato de préstamo hipotecario que les obligaba a pagar todos los gastos asociados (notaría, registro de la propiedad, gestoría y tasación) y la restitución de las cantidades pagadas.

    Decisiones Previas:

    • Juzgado de Primera Instancia: Declaró la nulidad de la cláusula y ordenó la restitución de los gastos pagados por los consumidores.
    • Audiencia Provincial de Barcelona: Estimó parcialmente el recurso de Banco Santander, declarando prescrita la acción de restitución, comenzando el plazo de prescripción desde la firma del contrato en 1999.

    Cuestiones Prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo:

    1. ¿Es conforme con el principio de seguridad jurídica que el plazo de prescripción de la acción para reclamar lo pagado en virtud de una cláusula abusiva no comience hasta que se declare judicialmente la nulidad de dicha cláusula?
    2. Si no es conforme, ¿es adecuado iniciar el plazo de prescripción desde las sentencias del Tribunal Supremo que fijaron doctrina sobre la nulidad de tales cláusulas?
    3. ¿Es adecuado iniciar el plazo desde las sentencias del TJUE que interpretaron la Directiva 93/13 permitiendo la prescripción de la acción de restitución?

    Principales Puntos de la Sentencia del TJUE:

    • Una cláusula declarada abusiva debe considerarse como si nunca hubiera existido, y no puede tener efectos vinculantes para el consumidor.
    • La declaración judicial de la nulidad de una cláusula abusiva debe llevar al restablecimiento de la situación anterior, incluyendo la restitución de cantidades pagadas.
    • El plazo de prescripción no puede comenzar desde la fecha de la firma del contrato, ya que ello iría en contra del principio de efectividad y la protección del consumidor.
    • El TJUE establece que el plazo de prescripción para la acción de restitución debe comenzar desde el momento en que el consumidor tenga conocimiento efectivo de la nulidad de la cláusula, generalmente tras una resolución judicial firme que así lo declare.

    Conclusión: El TJUE concluye que los artículos 6(1) y 7(1) de la Directiva 93/13, junto con el principio de seguridad jurídica, no permiten que el plazo de prescripción para la acción de restitución de cantidades pagadas en virtud de una cláusula abusiva comience hasta que se haya declarado judicialmente dicha nulidad.

    HAZ TU CONSULTA GRATIS

    CONSULTAR